España impulsa una aclaración del RGPD para FATCA: ¿qué significa para ti?

Linda Mabelis

8 min
Publicado el: 03-11-2026 Última modificación el: 03-11-2026

España ha impulsado en la Unión Europea una aclaración para facilitar las transferencias periódicas de datos fiscales a países no pertenecientes a la UE. La posición aprobada por el Consejo el 21 de octubre de 2026 recoge parte de esa idea, pero todavía no es ley. Por ahora, no se ha publicado una suspensión general del intercambio FATCA entre España y Estados Unidos y tus posibles obligaciones personales de declaración tampoco cambian.

¿Qué ha propuesto España?

España planteó durante 2026 que las transferencias internacionales de información fiscal pudieran ampararse con mayor claridad en las razones importantes de interés público del Reglamento General de Protección de Datos, el RGPD. Según documentos informales descritos por medios especializados, el primer planteamiento se presentó en abril durante la revisión del RGPD y el segundo se debatió en septiembre dentro de la refundición de la Directiva sobre Cooperación Administrativa, conocida como DAC.

La finalidad era aclarar que una administración tributaria puede realizar transferencias repetidas y sistemáticas a un tercer país cuando sean necesarias para la cooperación fiscal internacional. Esto es relevante para FATCA, el sistema estadounidense que permite identificar y comunicar determinadas cuentas financieras vinculadas con personas estadounidenses.

Conviene distinguir las dos vías. La DAC regula principalmente la cooperación entre las administraciones tributarias de los Estados miembros. FATCA, en cambio, se aplica en España mediante un acuerdo bilateral con Estados Unidos. Por eso varios gobiernos cuestionaron, según la información pública disponible, si la refundición de la DAC era el lugar jurídico adecuado para esa aclaración.

¿Qué aprobó el Consejo de la UE en octubre de 2026?

El Consejo aprobó su posición negociadora sobre el Digital Omnibus el 21 de octubre de 2026. El texto publicado al día siguiente incluye un nuevo considerando 40 bis. Este afirma que las transferencias basadas en el artículo 49.1.d del RGPD no tienen que ser necesariamente ocasionales. Añade expresamente que el intercambio internacional de datos entre administraciones tributarias puede ser repetitivo cuando resulte necesario para el interés público perseguido.

Eso acerca la posición del Consejo a la aclaración defendida por España. Sin embargo, el texto no menciona FATCA por su nombre y no elimina los demás requisitos del RGPD. La necesidad, la proporcionalidad, la minimización de datos y las garantías aplicables siguen siendo cuestiones relevantes.

Además, esta posición del Consejo no modifica por sí sola el RGPD. El Parlamento Europeo todavía debe adoptar su propia posición. Después podrán comenzar las negociaciones entre el Consejo y el Parlamento. El texto final puede cambiar o incluso no aprobarse.

¿Por qué existe una duda sobre FATCA y el RGPD?

El RGPD no prohíbe automáticamente toda transferencia de datos fuera del Espacio Económico Europeo. Su capítulo V establece varias vías. Puede existir una decisión de adecuación, pueden ofrecerse garantías apropiadas conforme al artículo 46 o puede aplicarse una excepción específica del artículo 49. Una de esas excepciones permite transferencias necesarias por razones importantes de interés público.

La controversia consiste en saber si esa base puede utilizarse para transferencias automáticas, periódicas y a gran escala como las de FATCA. También se discute qué garantías deben figurar en los acuerdos, si el intercambio es proporcionado y qué importancia tiene la reciprocidad.

El acuerdo FATCA entre España y Estados Unidos entró en vigor en 2013. Obliga a las instituciones financieras españolas a identificar determinadas cuentas estadounidenses sujetas a comunicación. La información se entrega a la Agencia Tributaria española y se intercambia automáticamente con la autoridad estadounidense. Según la cuenta, los datos pueden incluir el nombre, la dirección, el número de identificación fiscal estadounidense, el número de cuenta, el saldo o valor al final del año y determinados ingresos o rendimientos.

¿Qué ocurre en el procedimiento belga?

El debate europeo se ha intensificado por un procedimiento iniciado en Bélgica. En 2023, la Autoridad de Protección de Datos belga consideró ilícitas determinadas transferencias FATCA de datos de estadounidenses accidentales. Esa primera decisión fue anulada por el Tribunal de Mercados de Bruselas, que devolvió el asunto a la autoridad para que lo examinara de nuevo.

La autoridad adoptó una nueva decisión en abril de 2025. El Estado belga también recurrió esa decisión. En diciembre de 2025, el Tribunal de Mercados planteó trece preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia debe aclarar, entre otras cosas, cómo se aplican los artículos 46, 49 y 96 del RGPD a FATCA, qué garantías son necesarias y si la reciprocidad del intercambio resulta relevante. El asunto sigue pendiente. Por tanto, no es correcto afirmar que ya existe una sentencia europea definitiva que prohíba o autorice FATCA.

¿Qué significa esto ahora si tienes una cuenta en España?

De momento, el marco español de FATCA continúa en vigor. Una propuesta europea o una cuestión prejudicial no detiene por sí sola las comunicaciones. Tu banco puede seguir pidiéndote que confirmes tu ciudadanía, residencia fiscal y número de identificación fiscal. Si recibes una solicitud, comprueba qué dato pide y responde con información correcta. Si tu condición de persona estadounidense no está clara, pide una valoración antes de firmar una declaración.

También es importante separar tres cuestiones:

  • La comunicación del banco: la entidad financiera aplica sus procedimientos FATCA y comunica las cuentas sujetas a información a la Agencia Tributaria española.
  • Tus declaraciones estadounidenses: la comunicación bancaria no sustituye un posible FBAR ni un posible Formulario 8938. Son obligaciones distintas y cada una tiene sus propios requisitos.
  • El pago de impuestos: presentar una declaración o un formulario informativo no significa automáticamente que debas pagar impuestos adicionales en Estados Unidos.

Si naciste en Estados Unidos pero nunca has vivido allí, la noticia puede resultar especialmente inquietante. La discusión sobre privacidad no resuelve por sí sola si eres ciudadano estadounidense ni cuáles son tus posibles obligaciones fiscales en Estados Unidos. Empieza por aclarar tu estatus y después revisa qué declaraciones pueden corresponder a tu situación.

Qué conviene vigilar a partir de ahora

Hay dos novedades que pueden cambiar el análisis. La primera es la posición del Parlamento Europeo y el texto final del Digital Omnibus. La segunda es la futura sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto belga. Hasta entonces, conviene evitar dos conclusiones precipitadas: que el RGPD ya ha dejado sin efecto FATCA o que la propuesta española ya ha legalizado cualquier transferencia de datos fiscales.

La situación correcta a 3 de noviembre de 2026 es más limitada. El Consejo quiere aclarar que determinadas transferencias fiscales repetitivas pueden apoyarse en un interés público importante. La legalidad concreta de FATCA y las garantías exigibles siguen sometidas a debate jurídico.

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Nosotros, los fundadores de Americans Overseas, nacimos en los Países Bajos y obtuvimos nuestra nacionalidad estadounidense a través de nuestra madre (estadounidense).

Cuando escuchamos por primera vez sobre el sistema fiscal estadounidense alrededor de 2013, estábamos totalmente incrédulos (¡no puede ser verdad!), enojados (¿cómo pueden hacer esto?), asustados (¿me van a multar o tendré otros problemas?) y en pánico (¿qué debo hacer?). Es (desafortunadamente) cierto que hay un gravamen fiscal adicional en Estados Unidos. Pero no hay información del gobierno local, y al acercarnos, el consulado nos refirió al IRS, y el IRS era impenetrable.

Por eso comenzamos esta iniciativa para ayudar a personas de todo el mundo brindando información adecuada sobre el sistema fiscal estadounidense, evitando el pánico innecesario y ofreciendo ayuda sin compromiso y sin costo. Si es necesario, contamos con una red de profesionales asequibles (contadores) que pueden ayudarte con tus obligaciones fiscales relacionadas.

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Fuentes

Escrito por Linda Mabelis

Director General y Socio

Linda Mabelis, directora y propietaria de Americans Overseas, ayuda a los particulares a encontrar el abogado fiscal que mejor se adapte a su situación individual. Con una amplia experiencia profesional y un profundo conocimiento de las complejidades a las que se enfrenta Americans Overseas, Linda Mabelis se esfuerza por ofrecer soluciones personalizadas y eficaces.

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