¿Mi hijo se considera una persona estadounidense?

Linda Mabelis

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Publicado el: 05-12-2023 Última modificación el: 23-08-2024

Un niño nacido en el extranjero de un padre ciudadano estadounidense y un padre extranjero adquiere la ciudadanía estadounidense al nacer según la Sección 301(g) de la INA, siempre que el padre ciudadano estadounidense estuviera físicamente presente en los Estados Unidos o en uno de sus territorios en el período de tiempo requerido por la ley aplicable en el momento del nacimiento del niño.

Tu hijo puede considerarse ciudadano estadounidense si cumples con los siguientes requisitos:

  • Uno de tus padres era ciudadano estadounidense cuando naciste.
  • El padre que es ciudadano estadounidense ha vivido al menos cinco años en los Estados Unidos antes de que nacieras.
  • El padre que es ciudadano estadounidense debe haber vivido en los Estados Unidos durante al menos dos de esos cinco años después de cumplir catorce años.

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Fuente: American Citizenship

Escrito por Linda Mabelis

Director General y Socio

Linda Mabelis, directora y propietaria de Americans Overseas, ayuda a los particulares a encontrar el abogado fiscal que mejor se adapte a su situación individual. Con una amplia experiencia profesional y un profundo conocimiento de las complejidades a las que se enfrenta Americans Overseas, Linda Mabelis se esfuerza por ofrecer soluciones personalizadas y eficaces.

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